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Qué es el CSD y cómo tramitarlo ante el SAT

Qué es el CSD y cómo tramitarlo ante el SAT

19 de julio de 2026

No puedes timbrar una sola factura sin un CSD. Puedes tener el mejor sistema de facturación, el RFC en regla y la e.firma vigente, pero si no has generado tu Certificado de Sello Digital, el timbrado va a fallar en el primer intento. Y aquí viene la parte que confunde a todos: el CSD no es la e.firma, aunque los dos vengan en archivos .cer y .key que se ven idénticos. Confundirlos es la causa número uno de errores de sellado en integraciones nuevas.

Qué es el CSD

El CSD (Certificado de Sello Digital) es un certificado digital emitido por el SAT cuyo único propósito es sellar CFDIs. Consta de tres elementos: un archivo .cer (el certificado público), un archivo .key (la llave privada) y una contraseña. Con ellos, tu sistema firma cada factura antes del timbrado, garantizando que el emisor es quien dice ser.

El sello que el CSD genera viaja dentro del XML del comprobante. Cuando el PAC recibe tu factura para timbrarla, valida ese sello contra el certificado registrado en el SAT. Si el CSD está vencido, revocado o restringido, el timbrado se rechaza. El proceso completo de validación y timbrado está explicado en la guía de timbrado de facturas.

CSD y e.firma no son lo mismo

Los dos son certificados digitales del SAT, los dos vienen en .cer + .key + contraseña, y los dos expiran a los 4 años. Ahí terminan las similitudes:

e.firma (FIEL)CSD
Para qué sirveIdentidad legal: trámites, declaraciones, Buzón TributarioExclusivamente sellar CFDIs
Cómo se obtieneCita presencial en el SAT (primera vez)En línea, usando la e.firma
Cuántos puedes tenerUno por contribuyenteVarios (por sucursal, sistema o unidad de negocio)
Si se comprometeRiesgo total: firma cualquier trámiteRiesgo acotado: solo factura
Quién lo usa a diarioEl representante legal, esporádicamenteTu sistema de facturación, en cada timbrado

La regla práctica: la e.firma se guarda bajo llave y se usa poco; el CSD es el que vive en tu infraestructura de facturación. Por eso el SAT permite varios CSD por contribuyente: si uno se compromete, lo revocas sin afectar tu identidad fiscal ni los demás certificados. Para distinguir los archivos cuando ya los tienes mezclados en una carpeta (a todos nos ha pasado), hay una guía dedicada: cómo identificar si un certificado es FIEL o CSD.

Cómo obtener el CSD paso a paso

Requisito previo: e.firma vigente. Si no la tienes o está vencida, empieza por la guía de e.firma. Con ella en mano, el trámite del CSD es de los pocos del SAT que se resuelven completamente en línea:

1

Descarga el programa Certifica#

Está en el portal del SAT (antes se llamaba SOLCEDI). Es una aplicación de escritorio en Java: funciona, aunque su interfaz parezca de otra década.

2

Genera el requerimiento de CSD#

En Certifica selecciona "Solicitud de Certificados de Sello Digital", carga tu e.firma y captura una contraseña para la llave privada del nuevo CSD. El programa produce un archivo de requerimiento (.sdg) y tu archivo .key.

3

Envía el requerimiento por CertiSAT Web#

Entra a CertiSAT Web con tu e.firma y sube el archivo .sdg. El SAT registra la solicitud y te da un acuse con número de operación.

4

Descarga tu certificado .cer#

El certificado suele estar disponible en minutos, aunque la activación completa en los sistemas del SAT puede tardar de 24 a 72 horas. Si intentas timbrar antes de que propague, el PAC te va a rechazar el sello con un error de certificado no válido: no es tu integración, es la propagación.

La contraseña del CSD no se puede recuperar. Si la pierdes, el certificado es basura: toca revocar y generar uno nuevo. Guárdala en un gestor de secretos desde el día uno, no en un archivo de texto llamado "claves_sat.txt".

Vigencia, renovación y revocación

El CSD dura 4 años y no se renueva: se genera uno nuevo con el mismo procedimiento y se reemplaza en tus sistemas. El certificado viejo puede seguir vigente en paralelo hasta que expire o lo revoques, lo cual da margen para hacer el cambio sin ventana de mantenimiento.

El error operativo clásico no es técnico sino de calendario: nadie monitorea la fecha de expiración y el CSD muere un viernes con la facturación del cierre de mes en cola. Pon la fecha de vencimiento en tu monitoreo desde que lo instalas. Tu yo del futuro lo agradecerá.

Cuando el SAT te restringe el CSD

El SAT puede restringir temporalmente tu CSD (artículo 17-H Bis del CFF) o dejarlo sin efectos (17-H) si detecta irregularidades: omisión de declaraciones, discrepancias entre CFDIs emitidos e ingresos declarados, EFOS, domicilio no localizado. Con el CSD restringido, no facturas. Para una empresa en operación eso es parar ventas.

El procedimiento de aclaración permite restablecerlo, pero mientras se resuelve, el negocio no factura. La forma barata de no llegar ahí es monitorear tu situación ante el SAT antes de que se convierta en restricción; la opinión de cumplimiento es el primer termómetro.

El CSD en tu sistema de facturación

En una integración vía API, el CSD se registra una vez por RFC emisor: subes el .cer, el .key y la contraseña, y a partir de ahí cada factura se sella automáticamente sin que tu código toque criptografía. Fiscalapi almacena los certificados cifrados, permite varios RFCs emisores con CSD independientes en una misma cuenta y valida la vigencia del certificado antes de cada timbrado. El registro de certificados está documentado en la documentación de Fiscalapi y hay ejemplos en los SDKs oficiales.

Para pruebas no necesitas tu CSD real: el ambiente de pruebas usa certificados de prueba del SAT, así que puedes validar toda tu integración sin exponer el certificado de producción.

Preguntas frecuentes sobre el CSD