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DIOT 2026: qué es, cómo presentarla y errores comunes

DIOT 2026: qué es, cómo presentarla y errores comunes

24 de mayo de 2026

La DIOT es la declaración que más gente presenta tarde, mal o las tres cosas. Y no porque sea complicada en concepto, sino porque la mayoría intenta llenarla a mano cuando en realidad los datos viven en los CFDI que ya recibiste. El SAT lo sabe, y por eso en 2025 retiró el viejo aplicativo de escritorio (el famoso A-29 con su .dec) y obligó a presentarla en una plataforma web nueva que importa información directamente desde tus comprobantes recibidos.

Si llegaste aquí buscando cómo armar el archivo, cómo enviar la DIOT en la nueva plataforma, o por qué tus IVA acreditables no cuadran contra lo que registras en contabilidad, esta guía cubre las tres cosas desde el lado técnico, no contable.

Qué es la DIOT

La DIOT (Declaración Informativa de Operaciones con Terceros) es una declaración mensual donde reportas al SAT las operaciones que realizaste con tus proveedores: cuánto les pagaste, cuánto IVA te trasladaron, cuánto retuviste, y en qué tipo de operación. La obligación nace del artículo 32 fracción VIII de la Ley del IVA.

En la práctica, la DIOT es el espejo de tus CFDI recibidos. Cada factura que un proveedor te emite tiene un nodo Impuestos > Traslados con el IVA que te cobró; ese IVA es el que reportas en la DIOT. Si emiten un complemento de retenciones, ese va también. La declaración no inventa información: la consolida.

La DIOT se presenta aunque no tengas operaciones en el mes. Esto es lo que el SAT llama "DIOT sin operaciones" y mucha gente la olvida porque "no pasó nada". El acuse sigue siendo obligatorio.

Quién debe presentar la DIOT

Toda persona física o moral obligada al pago del IVA debe presentar DIOT. Esto incluye:

  • Personas morales del régimen general (601) y del régimen simplificado de confianza (626).
  • Personas físicas con actividad empresarial y profesional (612) que realicen actos gravados por IVA.
  • Personas físicas en el Régimen Simplificado de Confianza (626 PF) que realicen actos gravados por IVA.
  • Arrendadores que cobran IVA por rentas de inmuebles.

Quedan fuera quienes solo realizan actividades exentas (por ejemplo, ciertos servicios médicos, intereses bancarios para personas físicas, enajenación de casa habitación). Si no causas IVA, no hay DIOT.

Plazo para presentar la DIOT

La DIOT se presenta dentro del mes inmediato posterior al que corresponden las operaciones. La DIOT de enero se presenta a más tardar el último día de febrero, la de febrero el último día de marzo, y así sucesivamente.

No hay periodicidad anual ni semestral: es mes con mes. El SAT no envía recordatorios. La sanción por no presentarla está en el artículo 81 fracción XXVI del CFF y puede ir desde una multa por declaración omitida hasta el rechazo de la opinión de cumplimiento.

La nueva plataforma DIOT del SAT (2025-2026)

Hasta julio de 2025 la DIOT se generaba en un aplicativo de escritorio que producía un archivo .dec y se cargaba al portal del SAT. Ese flujo se acabó. Desde agosto de 2025 el SAT publicó la plataforma web que pre-llena la declaración con los datos de tus CFDI recibidos, validados con sello digital.

El cambio tiene dos implicaciones prácticas que casi nadie te explica:

  1. La plataforma usa la información de los CFDI ya timbrados. Si un proveedor te facturó y no timbró (o canceló el CFDI), esa operación no aparecerá pre-cargada. Tienes que revisarla manualmente.
  2. El IVA acreditable depende de la forma y método de pago. Una factura PPD (Pago en Parcialidades o Diferido) no genera IVA acreditable hasta que recibes el complemento de pago. La nueva plataforma lo respeta, pero si tu contabilidad no está al día con los complementos de pago, la DIOT no cuadrará.

Este segundo punto es el origen de la mitad de los errores que ven los contadores hoy.

Cómo se arma la DIOT desde tus CFDI

Aunque la plataforma pre-llena la declaración, conviene entender qué información extrae y de dónde, porque cuando algo no cuadra, es ahí donde hay que ir a verificar.

1

Identificar el universo de CFDI recibidos del mes#

Descarga todos los CFDI que tu RFC recibió en el mes. El servicio de descarga masiva de CFDI del SAT te permite obtenerlos en bloque. Filtra por tipo de comprobante I (Ingreso) y E (Egreso) emitidos por terceros a tu RFC.

2

Filtrar por estatus vigente#

Un CFDI cancelado por el proveedor no debe entrar en la DIOT. Antes de procesar, valida cada CFDI contra el servicio de consulta del SAT para confirmar que el estatus es Vigente. La plataforma del SAT ya hace este filtro, pero si llevas la contabilidad en paralelo, tu sistema debe replicarlo.

3

Clasificar por tipo de operación#

Cada renglón de la DIOT exige un tipo de operación: 03 Prestación de servicios profesionales, 06 Arrendamiento de inmuebles, 85 Otros. La clasificación correcta no vive en el CFDI; depende del giro del proveedor y la naturaleza del gasto. Aquí es donde la mayoría de las DIOT se equivocan: se asume que toda factura es "85 Otros" cuando muchas son 03 o 06.

4

Extraer importes de IVA del XML#

Del nodo cfdi:Impuestos > cfdi:Traslados > cfdi:Traslado lees la base, la tasa y el importe. Las tasas relevantes son 0.16 (general), 0.08 (frontera), 0.00 (tasa cero) y exento. Cada una se reporta en su columna correspondiente.

5

Aplicar la regla de acreditamiento por método de pago#

Si el MetodoPago del CFDI es PUE, el IVA es acreditable en el mes de emisión del comprobante. Si es PPD, el IVA solo es acreditable en el mes en que recibiste el complemento de pago correspondiente. Ignorar esta regla es la causa número uno de discrepancias entre contabilidad y DIOT.

6

Sumar retenciones de IVA e ISR#

Si retuviste impuestos al proveedor (típicamente al pagar servicios profesionales o arrendamiento), esos importes van en columnas separadas. La retención de IVA es 2/3 partes del IVA trasladado para servicios profesionales (4/3 del 16% = 10.67%) y 10% para arrendamiento. La retención de ISR es 10% en ambos casos.

7

Validar el RFC del proveedor#

La DIOT exige el RFC con homoclave correcta. La plataforma rechaza renglones con RFC mal formado. Si recibiste una factura con RFC mal escrito, el problema es del proveedor; pide la corrección antes de declarar.

Flujo técnico de la DIOT

Tipos de operación en la DIOT

El SAT define tres claves para clasificar las operaciones que reportas. Esta tabla resume cuándo aplica cada una.

ClaveTipo de operaciónCuándo aplicarla
03Prestación de servicios profesionalesHonorarios, consultoría, servicios técnicos, asesoría jurídica o contable, servicios médicos facturados con IVA
06Arrendamiento de inmueblesRenta de oficinas, locales comerciales, bodegas, terrenos. Solo inmuebles, no equipo
85OtrosCompra de mercancía, servicios no profesionales, energía, telefonía, software, publicidad, transporte de bienes

La regla práctica: si dudas entre 03 y 85, pregúntate si el proveedor emitió la factura ejerciendo una profesión regulada (abogado, contador, médico, ingeniero, etc.). Si sí, es 03. Si es un servicio operativo o un bien tangible, es 85.

Errores comunes al presentar la DIOT

He visto las mismas equivocaciones tantas veces que ya les puse nombre.

El error de la factura PPD sin complemento

Una factura PPD por $100,000 más IVA llega en enero. El contador la captura en la DIOT de enero porque "es enero". La plataforma del SAT no la incluye en el pre-llenado porque no existe complemento de pago. Resultado: discrepancia entre lo declarado y lo que el SAT ve.

La regla es estricta: con CFDI 4.0 y método de pago PPD, el IVA es acreditable únicamente en el periodo en que se recibe el complemento de pago. Sin complemento, no hay IVA acreditable, y por tanto no entra en DIOT.

Clasificar todo como "85 Otros"

La clave 85 es un cajón de sastre cómodo pero peligroso. Los servicios profesionales bajo el código 03 deben separarse porque están sujetos a retención. El SAT cruza información: si tu proveedor declaró el ingreso como servicios profesionales y tú lo reportas como Otros, el cruce falla.

RFC genérico sin justificación

Reportar operaciones contra el RFC genérico XAXX010101000 o XEXX010101000 está reservado para casos específicos (público en general o residentes en el extranjero sin RFC). Si una factura llega con RFC genérico de proveedor mexicano, hay un error en la emisión, no es un caso normal.

Olvidar las facturas del régimen 626 RESICO

Los proveedores en RESICO emiten CFDI con la misma estructura y trasladan IVA. Esas operaciones van en la DIOT como cualquier otra. La confusión viene porque RESICO simplifica la tributación del proveedor, no la obligación del receptor de reportarlas.

No presentar la DIOT "sin operaciones"

Si en un mes no tuviste proveedores con IVA, igual debes presentar la DIOT marcándola sin operaciones. Omitirla porque "no hay nada que declarar" genera multa por declaración omitida, igual que si tuvieras operaciones.

Cómo enviar la DIOT en la nueva plataforma

1

Acceder con e.firma o contraseña#

Entras al portal del SAT con tu e.firma (recomendado para personas morales) o con tu contraseña SAT. La plataforma DIOT vive dentro del portal de Declaraciones, no es un sistema independiente.

2

Seleccionar el periodo#

Eliges mes y año a declarar. Solo puedes presentar declaraciones del periodo en curso y anteriores; no hay pre-presentación de futuros.

3

Revisar el pre-llenado#

La plataforma muestra los proveedores detectados con base en los CFDI recibidos. Cada renglón incluye RFC, importe pagado, IVA, retenciones y tipo de operación inferida. Aquí es donde verificas. La clasificación inferida no siempre es correcta.

4

Editar o agregar renglones#

Puedes corregir tipo de operación, modificar importes y agregar operaciones que no aparezcan pre-cargadas (por ejemplo, pagos a residentes en el extranjero sin CFDI mexicano). No puedes cambiar el RFC del proveedor: si está mal, tienes que excluir el renglón.

5

Enviar y descargar acuse#

Confirmas el envío firmando con e.firma. La plataforma genera un acuse de aceptación con folio y sello digital. Guárdalo: ese acuse es tu comprobante de cumplimiento. Si necesitas reimprimir el acuse, está disponible en la sección de Declaraciones presentadas dentro del portal SAT.

Cómo automatizar la DIOT con API

El cuello de botella de la DIOT no está en enviarla sino en armarla: descargar miles de CFDI mensuales, validarlos, clasificarlos por tipo de operación, conciliar PPD contra complementos de pago, y resolver discrepancias. Para empresas con cientos de proveedores, ese trabajo manual no escala.

Fiscalapi expone endpoints para descarga masiva automatizada de CFDI emitidos y recibidos, validación de estatus contra el SAT, y parseo del XML para extraer los nodos de impuestos. Con eso puedes generar el resumen DIOT por proveedor antes de entrar a la plataforma del SAT y simplemente verificar contra el pre-llenado. La documentación de Fiscalapi cubre los flujos de descarga y validación, y los SDKs oficiales traen los modelos listos para mapear directo a las columnas de la DIOT.

Preguntas frecuentes

Lo que viene

La nueva plataforma de DIOT acerca un paso más al modelo de declaración pre-llenada que el SAT viene empujando desde 2022 con personas físicas. La dirección es clara: menos captura manual, más reconciliación contra los datos que ya están en CFDI. El lado bueno es que reduce errores aritméticos. El lado complicado es que cualquier inconsistencia en tu CFDI (un complemento de pago tardío, una cancelación olvidada, un método de pago mal asignado) ahora se vuelve visible para el SAT antes de que tú la detectes.

La defensa es operativa: monitorear los CFDI recibidos en tiempo real, validar estatus, y mantener los complementos de pago al día. La declaración mensual deja de ser un evento y se vuelve la consecuencia de un proceso continuo.